-Sector de Seguros y Fianzas
Los seguros y las fianzas son los instrumentos que le garantizan a los usuarios y a las empresas tener una protección total o parcial en caso de existir riesgos personales, empresariales y de propiedades.
En México, el sector asegurador a crecido exponencialmente, debido a la necesidad que tienen los usuarios de resguardar sus vidas, su salud y la de familiares, así como también la de sus propiedades. También existen leyes que establecen que los usuarios deben asegurar alguna de sus propiedades contra daños, robos o pérdidas (este es el caso de los automóviles), o adquirir un seguro de responsabilidad civil para los dueños de negocios.
Los seguros y las fianzas sirven para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que contrae un deudor dentro de un proceso de contratación público o privado. Sirven como garantía de que existe un compromiso entre ambas figuras para la contraprestación de un servicio previamente delimitado.
Los beneficios de contar con un seguro de fianzas son los siguientes:
- Reducir el riesgo de pérdidas económicas en las contrataciones tanto en el sector privado como del sector público.
- Permiten garantizar obligaciones sin disminuir la capacidad financiera de las empresas.
- Aportan agilidad, seguridad y transparencia en la contratación.
- Ofrece un servicio de protección total o parcial ante cualquier eventualidad que pueda presentar el usuario.
Diferencias entre Fianzas y Seguros
La diferencia principal entre fianzas y seguros es que la fianza es un instrumento que asegura el cumplimiento de una obligación contraída con un tercero mediante un contrato; por su parte, los seguros tienen como propósito garantizar la cobertura de los posibles siniestros inciertos o futuros que puedan afectar de manera leve o gravemente la vida, salud o patrimonio de una persona o empresa.
Tipos
Seguros de Vida
El seguro de vida es el proveedor de protección frente al fallecimiento y la invalidez. Por sus coberturas, es un producto asegurador muy extendido, ya que representa una gran ayuda para los familiares y allegados cuando se produce el fallecimiento o la invalidez del tomador de la póliza, sobre todo cuando dependen directamente de sus ingresos o está vinculado a un préstamo de cualquier tipo.
En el momento de la contratación de una póliza de vida, al igual que para suscribir cualquier otro seguro, es importante tener claro qué tipos existen de seguros de vida existen, cuáles son sus coberturas, quién lo debe contratar y dónde.
Existen tres tipos de seguros de vida:
- Seguro para caso de muerte, también denominado seguro de vida riesgo. Dentro del que se recogen el seguro de vida entera y el seguro de vida temporal.
- Seguro en caso de vida, denominado vida ahorro.
- Seguro de vida mixto, que une las dos modalidades anteriores.
La elección entre un seguro de vida ahorro o de vida riesgo dependerá de tus preferencias. El primero de ellos se contrata para obtener una rentabilidad sobre las primas abonadas, mientras que con el segundo el beneficiario recibe el capital estipulado cuando se produce el fallecimiento del tomador de la póliza.
Requisitos para contratar un seguro de vida:
- Edad mínima (18 años) y máxima del asegurado para poder firmar el contrato, establecidas por la compañía de seguros y según el tipo de póliza que se trate.
- Edad máxima de cobertura del asegurado, la cual también depende de la compañía y del tipo de seguro.
- Una declaración de salud. Normalmente, la aseguradora solicita un conjunto de exámenes médicos básicos y otros adicionales, conforme al historial del contratante.
Seguros de Daños
Los seguros de Daños protegen el patrimonio o negocio de los asegurados contra daños sufridos por los riesgos a los que están expuestos los bienes materiales, así como las pérdidas consecuenciales ocurridas a raíz de los daños amparados al verificarse la eventualidad prevista en el contrato. Se cubren también en este tipo de seguros hechos como:
- Las pérdidas económicas derivadas en virtud de que el asegurado deba a un tercero a consecuencia de un hecho que cause un daño.
- El resarcimiento de inversiones, por los daños o prejuicios que sufran por la pérdida parcial o total de los provechos esperados de la tierra o por muerte, pérdida o daños ocurridos a sus animales.
- La insolvencia total o parcial de sus clientes deudores por créditos comerciales.
TIPOS DE SEGUROS DE DAÑOS
- Incendio: se trata de un contrato en base al que el asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos en la ley y en el contrato, a indemnizar los daños producidos por incendio en el objeto asegurado. Asimismo, los bienes asegurados contra incendio deben estar descritos expresamente en la póliza. Pero, además de los objetos asegurados, en una póliza contra incendios se contemplan los daños ocasionados para intentar detener el fuego o minorar sus devastadoras consecuencias. Eso sí, para que el incendio se encuentre cubierto por una póliza de seguro ha de producirse de manera totalmente fortuita, los ocasionados por culpa grave o dolo del asegurado no estarán cubiertos.
- Robo: es un contrato en base al que el asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos en la ley y en el contrato, a indemnizar los daños derivados de la sustracción ilegítima por parte de terceros de los bienes asegurados; encontrándose también cubiertos por el seguro los daños causados en la comisión del delito. Además, si en el plazo previsto en la póliza el objeto no aparece, el asegurado podrá solicitar la totalidad de la indemnización.
- Trasporte terrestre de mercancías: regulado en el artículo 54 de la Ley de Contrato de Seguro, es un contrato de seguro por el que la entidad aseguradora se compromete al pago de determinadas indemnizaciones como consecuencia de los daños ocurridos durante el transporte de mercancías. Estos daños pueden afectar al objeto transportador o a las propias mercancías transportadas.
- Responsabilidad civil: se trata de un tipo de contrato asegurador que tiene como fin garantizar al asegurado frente a la responsabilidad civil en que pueda incurrir ante terceros por actos de los que sea responsable y proteger, así, su patrimonio. Además del pago de indemnizaciones a terceros, los seguros de responsabilidad civil incluyen, si fuera necesario, la constitución de fianzas y costas judiciales exigidas al asegurado por reclamaciones de terceros, siempre que el motivo de la reclamación esté incluido en esta cobertura (cabeza de familia, inquilino de una vivienda en alquiler, daños por agua…).
- Pérdidas pecuniarias: se trata de aquellos seguros en los que la entidad aseguradora indemniza al asegurado por la pérdida del rendimiento económico que hubiera podido alcanzar en un acto o actividad, de no haberse producido el siniestro descrito en el contrato. Por ejemplo, cuando se produce una interrupción en la producción de una fábrica a consecuencia de una avería cubierta por la póliza de seguros. En este caso, el asegurador va a indemnizar al asegurado por la pérdida económica que dicha avería le haya ocasionado (pérdida de beneficios).
- Agrarios: son los seguros que tienen por objeto cubrir los riesgos que puedan afectar a las explotaciones agrícolas, ganaderas o forestales. Algunos ejemplos de este tipo de seguro son: agrarios combinados, de rendimientos, integrales, o pecuarios.
Seguros de Accidentes y Enfermedades
Para practicar la operación en seguros de accidentes y enfermedades en el Ramo de La Salud, facultándolas a la venta de seguros privados o voluntarios deben estar autorizadas para operar el ramo de salud, aprobadas mediante dictamen emitido por la Secretaría de Salud y autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
Un seguro de accidentes o enfermedades es aquel que cubre los riesgos de la integridad física del asegurado cuando su origen es un accidente; es decir, cubren las lesiones corporales derivada de una causa violenta, súbita y externa en la que no haya intencionalidad por parte del asegurado que dé lugar a invalidez (temporal o permanente) o fallecimiento.
El seguro de Accidentes y Enfermedades comprende:
Seguros de Accidentes Personales
Brinda protección financiera en caso de accidente por:
- Muerte accidental
- Pérdidas Orgánicas
- Reembolso de Gastos Médicos
- Incapacidad total o parcial
Seguros de Gastos Médicos Mayores
Mecanismo de protección para hacer frente a los gastos médicos originados por un accidente o enfermedad.
Cubren la lesión o incapacidad que afecte la integridad personal o la salud del asegurado, ocasionada por un accidente o enfermedad.
En esta clase de seguros la aseguradora, mediante el pago de la prima correspondiente, cubre los gastos hospitalarios, atención médica, intervenciones quirúrgicas, alimentos, medicamentos, análisis clínicos, rayos X, etc., a los asegurados y en su caso a los dependientes económicos cuando así quede convenido en la póliza del seguro.
Seguros de Salud
Ayuda a prevenir enfermedades, conservar y restablecer la salud, dando protección financiera.
Forma en que se comercializan estos seguros son:
Individual o familiar: Orientado a brindar protección al individuo y/o familia contratante.
Colectivo: Orientados a brindar protección sobre riesgos específicos inherentes a sus actividades, a los empleados de los sectores empresariales más diversos, así como a los miembros de asociaciones y agrupaciones legalmente establecidas.
Escolar: En caso de seguros de Accidentes Personales, orientado a brindar protección a los alumnos inscritos en un centro de enseñanza (academia, escuela, instituto, universidad, facultad, colegio, etc.) así como al personal docente y empleados (profesores, secretarias, intendentes, etc.).
Corto plazo: En caso de seguros de Accidentes Personales, orientados a brindar protección a personas o grupos que van a realizar un viaje de placer, de descanso, de vacaciones, o que van a asistir a convenciones, congresos o reuniones.
Seguros Especializadas en Seguros de Crédito a la Vivienda
El seguro cubre el riesgo a los Bancos y/o a las Instituciones Financieras que otorgan créditos hipotecarios, protegiéndolos de las pérdidas originadas por el incumplimiento de sus acreditados. Una de las características más relevantes es que es un seguro de primeras pérdidas.
En México surge el SCV en el 2006 y actualmente existen dos entidades prestadoras de este servicio: Genworth Seguro de Crédito a la Vivienda, una empresa privada y Sociedad Hipotecaria Federal.
Para contratar el SCV existen dos tipos de soluciones:
Seguro de Crédito a la Vivienda para portafolios de créditos hipotecarios: el banco asegura un portafolio de créditos hipotecarios, previamente originados. Las primas de cada crédito se calculan en función del desempeño histórico del portafolio y de sus características principales como Aforo, plazo, monto máximo de crédito, tipo de tasa, entre otras.
Seguro de Crédito a la Vivienda al momento de la originación: el banco origina créditos hipotecarios y contrata el seguro al mismo tiempo. Las primas en este caso se calculan en función del perfil del cliente y de las características generales de los productos que ofrece el banco.
El SCV ofrece beneficios a todos los participantes:
Bancos
Fortalece a las Instituciones Financieras en el otorgamiento responsable de hipotecas mediante transferencia de riesgo a un especialista hipotecario bien capitalizado.Otorga beneficio de capital y reservas de acuerdo con la Circular Única de Bancos.Apoya con programas de solución (mitigación de pérdidas) para que los deudores hagan frente a sus obligaciones.Mejora la calidad de los portafolios hipotecarios, tanto en la originación como en la cobranza.
Consumidores
Permite que más mexicanos incrementen su patrimonio haciéndose de una vivienda digna de manera responsable y a una edad más temprana.Contribuye a que los mexicanos conserven su patrimonio en épocas de estrés económico.
Reguladores
Herramienta macro prudencial, que en un esquema universal permitiría a las autoridades contener la correlación entre los desequilibrios de crédito y las crisis en el mercado de la vivienda, mitigando la transmisión de la volatilidad financiera a la economía real.Diversifica el riesgo en el sistema financiero al incluir a un jugador sólido, capitalizado y experto global en riesgos de crédito hipotecario.Promueve estándares disciplinados y sanas prácticas en el mercado hipotecario.Genera inteligencia de mercado que facilita la alineación de los participantes en sector de vivienda.Apoyo en la supervisión y monitoreo del desempeño de los créditos hipotecarios.Da eficiencia y disciplina a la emisión en mercados de capitales.
Fianza
La fianza es la garantía que se utiliza para asegurar el pago de una obligación. Son contratos que dan validez legal a una deuda, como puede ser un crédito o el pago de una renta.
Características
Las características de la fianza son:
- Se otorga a Título oneroso (cobro de primas por el servicio)
- El fiador es una persona moral debidamente autorizada por SHCP
- Se garantiza la obligación mediante una póliza
Elementos que intervienen en la contratación de una fianza
- Beneficiario de la póliza: persona física o moral a quien se otorga la póliza
- Fiado: persona física o moral a nombre de quien se emite la póliza
- Obligado solidario: es la persona física o moral que se compromete con sus bienes de forma colateral a cumplir la obligación contraída por el fiado ante la afianzadora en caso de que el fiado no cumpla.
- Intermediario: es la persona física o moral que pone en contacto a la afianzadora de una relación jurídica comercial
- Afianzadora: es la persona moral autorizada legalmente para otorgar fianzas.
Diferencia entre Seguro y Fianza
- El seguro es un contrato principal, en tanto la fianza es un contrato accesorio de garantía.
- Las prestaciones del asegurador consisten en asumir riesgos. A su vez en la fianza se garantiza el pago o el cumplimiento de una obligación de dar de hacer o de no hacer.
- El cobro de primas en las fianzas se establece como porcentaje del monto afianzado y en los seguros se tiene en cuenta la posibilidad de pérdidas y experiencia acumulada.
- La fianza, es un contrato tripartito, pues intervienen tres elementos personales, el fiado, el acreedor y la afianzadora. Por su parte el seguro es un contrato bipartito y cuenta sólo con dos elementos personales, la aseguradora y el asegurado.
- En el contrato de seguro, a petición del asegurado, este puede cancelarlo en cualquier momento. La fianza de empresa sólo puede ser cancelada cuando la obligación principal termine.
- Los contratos se seguros y fianzas también difieren en cuanto la actualización del objeto protegido, ya que cuando acontece la eventualidad prevista en el contrato, se presente el siniestro en materia de seguros. En fianzas, cuando el fiado incumple con la obligación garantizada, el beneficiario deberá presentar formal reclamación.
Afianzadora
Una compañía afianzadora es una persona moral, cuyo objetivo específico es el de expedir pólizas (fianza) mediante el cobro de una prima, con las cuales se garantice el cumplimiento de determinadas obligaciones.
Su función principal consiste en garantizar el cumplimiento de obligaciones, mediante el establecimiento de la fianza como instrumento de garantía.
Importancia de una Afianzadora
- Prestan sus servicios de liquidez y solvencia
- Al obligarse a cumplir las obligaciones afianzadas, si sus fiados no lo hacen, prestan a estos su propia solvencia.
- Ayuda al desarrollo económico y social de un país. Es fundamental al garantizar las obras de infraestructura que coadyuvaran al bienestar social.
Fianzas Fiscales
Son aquellas que exige la autoridad fiscal para garantizar el pago o las resultas de un procedimiento derivado de una inconformidad por posibles adeudos de impuestos, cuotas, multas, etc. Con esta garantía brindamos el medio más expedito para detener un procedimiento ejecutivo de ejecución.
Fianzas de Arrendamiento
Son aquellas que garantizan el pago del arrendamiento de bienes inmuebles o bienes muebles.
Fianzas de Crédito
Son las fianzas que garantizan las obligaciones consistentes en el pago de dinero. La modalidad principal de estas fianzas se encuentra en las fianzas que garantizan el pago derivado de suministro de bienes y servicios.
Fianzas de Fidelidad
Garantizan la reparación del daño ocasionado por alguno o varios empleados al cometer un delito patrimonial en contra de los bienes del beneficiario o patrón, o de los que éste sea jurídicamente responsable.
Fianzas Judiciales
Garantizan ante los tribunales civiles o administrativos, el resarcimiento de los posible daños y perjuicios en la ejecución de sentencias que no sean definitivas, el interés fiscal en los juicios y recursos administrativos, así como las controversias que se ventilen en las juntas de conciliación y arbitraje de cualquier persona que se encuentra dentro de un proceso judicial, administrativo o laboral y como consecuencia de una disposición legal.
También existen las que garantizan los procesos penales.
Programas de Proveedores y Contratistas
Ofrece una cobertura integral que garantiza el cumplimiento de las obligaciones contractuales entre la empresa y sus proveedores y contratistas, administrando las garantías emitidas, homologando coberturas, condiciones, textos, procesos y políticas de compra.
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